¿Cómo darse de baja en las fuerzas militares?
¿Cómo darse de baja en las fuerzas militares?

Darse de baja en las fuerzas militares es un procedimiento legal complejo que requiere comprender tanto la normativa vigente como la jurisprudencia constitucional. Aunque en muchos escenarios se piensa que “basta con radicar una solicitud”, lo cierto es que la baja solo se hace efectiva cuando existe una resolución en firme expedida por la autoridad competente.
En Colombia, por ejemplo, la Sentencia de Tutela T-460/2022 de la Corte Constitucional ha determinado que los ciudadanos que ingresaron de manera voluntaria a la carrera militar tienen derecho a solicitar su retiro, salvo que existan motivos de seguridad nacional o de necesidad del servicio que justifiquen su permanencia en las filas.
¿Qué significa darse de baja en el ejército?
Darse de baja es el acto jurídico mediante el cual un militar finaliza su vínculo con la institución castrense. Esta decisión puede obedecer a motivos personales, familiares, profesionales o de salud.
Sin embargo, no se trata de un derecho absoluto ni de un trámite inmediato. De acuerdo con la normativa, el retiro voluntario está condicionado a la aprobación institucional, y mientras no exista una resolución en firme, el militar continúa siendo considerado servidor público y sujeto a obligaciones militares.
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Requisitos legales y documentos para solicitar la baja militar en Colombia
Solicitar la baja en las fuerzas militares en Colombia exige cumplir con una serie de requisitos legales y documentales, que varían según la situación del solicitante. Aunque la baja voluntaria está regulada por el Decreto Ley 1790 de 2000, la Ley 1861 de 2017 establece causales específicas de exoneración y los documentos que deben presentarse.
Documentos necesarios:
- Cédula de ciudadanía: original y copia.
- Fechas de alta y baja: del servicio militar.
- Información de las unidades militares: en las que se prestó el servicio.
- Copia de la libreta militar y/o conducta militar: opcional, pero recomendable para agilizar el trámite.
- Soportes de la causal de exoneración: cuando aplique.
- Causales legales de baja o exoneración
- De acuerdo con el artículo 4 de la Ley 1861 de 2017, se pueden invocar los siguientes motivos:
- Ser hijo único o huérfano de padre o madre.
- Ser cabeza de familia, cuando el militar es responsable económico de sus hermanos.
- Presentar inhabilidad física o mental que impida la prestación del servicio.
- Tener una condena judicial vigente.
- Haber cumplido los requisitos para una pensión de retiro.
- Cumplir 45 años de edad, lo que constituye causal automática de baja.

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¿Cómo pedir la baja en las fuerzas militares?
- Presentación de la solicitud formal: debe incluir datos personales, fechas de ingreso, unidad militar y motivo de retiro siempre y cuando no afecten las circunstancias de seguridad nacional o de necesidad del servicio.
- Radicación ante la oficina de personal de la unidad militar.
- Revisión por parte de la Junta Asesora del Ministerio de Defensa, cuando sea necesario.
- Decisión de la autoridad competente, que puede ser la aceptación o la negación de la solicitud.
- Expedición de la resolución de retiro, momento a partir del cual la baja se hace efectiva.
*Mientras no exista esta resolución, es decir Acto Administrativo, el militar sigue vinculado al servicio activo y está obligado a cumplir con sus funciones.
Aspectos clave a tener en cuenta:
- El servicio militar en Colombia es obligatorio, salvo que exista una causal de exoneración debidamente probada.
- Existe el derecho a la objeción de conciencia, reconocido por la Corte Constitucional.
- Los miembros de la carrera militar profesional que ingresaron de manera voluntaria pueden solicitar su baja en cualquier momento, salvo por motivos de seguridad nacional o de necesidad del servicio.
Causales de retiro en las fuerzas militares
Los mecanismos de retiro reconocidos en la legislación incluyen:
- Retiro voluntario: cuando es solicitado por el militar.
- Retiro por edad o tiempo de servicio: de acuerdo con los años reglamentarios cumplidos.
- Retiro por razones médicas o disciplinarias: evaluadas por la institución.
- Retiro por decisión institucional: basado en razones de interés público o conveniencia del servicio.
En todos los casos, la baja se formaliza con un acto administrativo expedido por el Ministerio de Defensa o la autoridad correspondiente.
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Derechos del militar al solicitar su retiro
El militar que presenta su solicitud de baja, conserva derechos fundamentales como:
- Derecho de petición, para que la institución resuelva su solicitud en un tiempo razonable.
- Derecho a la libertad de profesión u oficio, protegido constitucionalmente.
- Derecho a la vida familiar, especialmente en los casos en que el retiro se pide para atender responsabilidades personales.
Obstáculos comunes al pedir la baja y cómo resolverlos
- Demoras administrativas: se pueden superar mediante acciones de tutela.
- Negación por seguridad nacional o necesidad del servicio: en estos casos, la autoridad militar debe justificar su decisión.
- Falta de información en el trámite: contar con la asesoría de un abogado especialista en justicia penal militar es esencial.
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De acuerdo con el artículo 101 del Decreto Ley 1790 de 2000, el retiro voluntario de un militar puede ser negado si existen razones de seguridad nacional o de necesidad del servicio. Asimismo, la baja sólo se perfecciona con la expedición de una resolución en firme, momento en el cual el militar deja de ser servidor público.
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- Representación legal en procesos disciplinarios.
De esta manera, garantizamos que los derechos fundamentales de cada miembro de las Fuerzas Armadas de Colombia —como el derecho de petición, la libertad profesional y el debido proceso— sean respetados durante todo el trámite.
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