¿Cuáles son los derechos constitucionales de las personas privadas de la libertad?
¿Cuáles son los derechos constitucionales de las personas privadas de la libertad?

Los derechos constitucionales son aquellos que poseen todas las personas sin importar su condición social, económica, orientación sexual, etnia, raza o situación jurídica. Estos derechos se encuentran reconocidos en la Constitución Política de 1991 y mediante el Bloque de Constitucionalidad. Además, tienen un carácter supremo, lo que significa que ninguna ley ni autoridad puede desconocerlos o limitarlos injustificadamente.
Características clave de los derechos constitucionales
- Son fundamentales: Están directamente relacionados con la dignidad humana, la libertad, la igualdad, la vida, entre otros valores esenciales.
- Son superiores a otras normas: Están por encima de las leyes ordinarias. Todas las decisiones del Estado deben respetarlos.
- Son protegibles por acción de tutela: Si un derecho constitucional es vulnerado, se puede acudir a una acción de tutela para obtener una protección especial.
- Son exigibles frente al Estado y particulares: Tanto las entidades públicas como algunas privadas deben respetarlos y garantizarlos.
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¿Cuáles son los derechos constitucionales de las personas privadas de la libertad en Colombia?
Las personas privadas de la libertad (PPL) no pierden sus derechos fundamentales, aunque algunos se restrinjan por la naturaleza misma de la detención. En Colombia, la Constitución Política y la jurisprudencia de la Corte Constitucional han sido claras en reconocer que la dignidad humana y los derechos esenciales deben ser respetados y garantizados, incluso dentro de los centros de reclusión.
Derechos principales y fundamentales de las personas privadas de la libertad
- Derecho a la dignidad humana: Toda persona, incluso quien ha sido condenada o está detenida preventivamente, conserva su dignidad humana. Esto implica acceso a condiciones mínimas de vida, higiene, alimentación, salud y trato digno.
- Derecho a la salud: Debe brindarse atención médica integral, oportuna y continua. Incluye salud física y mental. La Corte Constitucional ha reiterado en la Sentencia T-760 de 2008 este derecho como fundamental autónomo para las personas privadas de la libertad.
- Derecho a la vida e integridad personal: El Estado es garante de la vida e integridad física y psíquica de las personas en prisión. Está prohibida toda forma de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes.
- Derecho al debido proceso y defensa: Toda persona tiene derecho a un proceso justo, a ser oída, a la presunción de inocencia, a contar con defensa técnica y a interponer recursos legales.
- Derecho a la educación: Las personas privadas de la libertad tienen derecho a acceder a programas de educación formal, técnica o profesional, como herramienta de resocialización.
- Derecho a la familia y visitas: Tienen derecho a mantener contacto con sus familiares mediante visitas, comunicación y vinculación afectiva, salvo limitaciones justificadas.
- Derecho a la resocialización- art. 10 del Código Penitenciario (Ley 65 de 1993): La finalidad de la pena es la resocialización, y por tanto, deben garantizarse programas de formación, trabajo y reintegración.
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Ejemplo práctico sobre un Derecho Constitucional de las personas privadas de la libertad en Colombia:
Carlos, un hombre de 36 años, se encuentra privado de la libertad en un centro penitenciario en Medellín, cumpliendo una condena de 8 años. Durante su reclusión, presenta síntomas severos de una enfermedad respiratoria crónica, agravada por las condiciones de hacinamiento, humedad y falta de ventilación en su celda.
A pesar de presentar varias solicitudes médicas, no recibe atención especializada ni acceso a medicamentos necesarios. Ante la falta de respuesta por parte del INPEC y la EPS, que atiende el centro, su estado de salud empeora significativamente.
En este caso, se está vulnerando el derecho constitucional a la salud presente en el artículo 49 de la Constitución Política de Colombia. Dado que se trata de un derecho fundamental, Carlos puede interponer una acción de Tutela para proteger su derecho.
Somos abogados especialistas en la defensa y protección de los derechos constitucionales de las personas privadas de la libertad en Colombia
En Roa & Sánchez abogados, estamos comprometidos con la defensa de los derechos fundamentales de todas las personas, incluyendo quienes se encuentran en centros penitenciarios. Asimismo, creemos firmemente que la dignidad humana, el acceso a la salud, la educación, la integridad personal y el debido proceso no se suspenden con la reclusión (estar privado de la libertad).
Nuestros servicios jurídicos incluyen:
- Tutelas por vulneración de derechos a la salud, visitas, educación, entre otros.
- Representación judicial en casos de abuso de autoridad y negligencia penitenciaria.
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