Categorías: Derecho Penal

¿Cómo se interpone el recurso de apelación en materia penal?

¿Cómo se interpone el recurso de apelación en materia penal?

¿Cómo se interpone el recurso de apelación en materia penal?

El recurso de apelación en materia penal se encuentra regulado por el artículo 179 de la Ley 906 de 2004. Este recurso es un mecanismo ordinario que permite a las partes inconformes con la decisión de primera instancia dictada por un juez penal de función de conocimiento para solicitar su revisión ante la autoridad superior en jerarquía. 

Cabe resaltar que, el recurso de apelación se interpone en el mismo momento de la audiencia de lectura de fallo, ya sea condenatorio o absolutorio. Posteriormente, las partes cuentan con el término de 5 días para argumentar por escrito su inconformidad.

Ejemplo práctica sobre un caso de recurso de apelación:

En un proceso penal por delito de feminicidio, en la audiencia de individualización de la pena y lectura de fallo se dictó sentencia condenatoria en primera instancia por parte del juzgado con función de conocimiento del circuito de Bogotá. Durante el juicio oral, la defensa observó que el procesado fue condenado por feminicidio preterintencional, el cual es un delito inexistente en la Ley 599 de 2000 (Código Penal).

En consecuencia, la defensa interpuso el recurso de apelación posterior a la lectura del fallo y a los cinco días siguientes envió el escrito con los argumentos que sustentan la inconformidad. Posterior a ello, el proceso fue enviado al Tribunal Superior de Bogotá para que revisara si la decisión tomada por el juzgado en primera instancia fue correcta. El Tribunal al analizar el proceso penal, observa que efectivamente el delito por el cual fue condenado la persona no existe, afectando así el principio de legalidad. Por tal razón, decide revocar la sentencia condenatoria de primera instancia y emitir una nueva sentencia absolutoria en segunda instancia.

¿Necesitas interponer un recurso de apelación? Agenda una asesoría con un abogado especialista en Derecho Penal

¿En qué casos procede el recurso de apelación:

El recurso de apelación resulta procedente en las siguientes situaciones:

  • Cuando se evidencian errores en el juicio oral, las cuales afectaron la decisión del juzgado para determinar la sentencia de primera instancia.
  • Cuando se detectan irregularidades procesales en el juicio oral o en la sentencia de primera instancia que vulneren el debido proceso o el derecho de defensa.
  • Cuando se omiten pruebas relevantes o se realiza una interpretación inadecuada de los elementos probatorios presentados durante el juicio oral.

Quizás te pueda interesar: Subrogados Penales en Colombia – Requisitos clave

¿Cómo se interpone el recurso de apelación?

Para presentar una recurso de apelación, es necesario seguir el procedimiento establecido en el artículo 179 de la Ley 906 de 2004, el cual se desarrolla de la siguiente manera:

  1. Interposición en la audiencia de lectura del fallo: La parte interesada debe presentar de manera oral el recurso de apelación durante la audiencia en que se lea el fallo.
  2. Interposición por escrito: Seguidamente, el recurso deberá presentarse por escrito con los argumentos que manifiestan la inconformidad dentro del término de cinco (5) días contados a partir de la audiencia de lectura del fallo. Concluido este término, se procede al traslado a las otras partes, otorgándoles un plazo adicional de cinco (5) días para que respondan los argumentos presentados.
  3. Reparto en segunda instancia: Una vez interpuesto el recurso y manifestado sus argumentos ambas partes, se procede al reparto en segunda instancia. El magistrado ponente del Tribunal Superior encargado tendrá 10 días para registrar el proyecto de fallo. Luego, la Sala penal contará con 5 días adicionales para su análisis.

    Con base a este análisis, dentro de los 10 días siguientes se llamará a audiencia a las partes para indicar la decisión, ya sea para confirmar la decisión del juzgado penal con función de conocimiento de primera instancia o cambiar la decisión.

Quizás te pueda interesar: ¿Qué es la legítima defensa? Requisitos, tipos y limitaciones

¿Qué decisión puede tomar el Tribunal Superior ante el recurso de apelación?

Una vez analizados los argumentos y la documentación presentada, el Tribunal Superior en segunda instancia podrá:

  • Confirmar la sentencia de primera instancia: Si se concluye que no existieron errores sustanciales en la sentencia de primera instancia que afecten la correcta administración de justicia.
  • Modificar la sentencia: Ya sea ajustando la pena impuesta o modificando el delito de por el cual condenaron al proceso, mediante la corrección de errores de interpretación normativa o de valoración probatoria identificados en el fallo original.
  • Revocar la sentencia: En caso de comprobarse errores graves que impliquen una vulneración de los derechos fundamentales del procesado, el Tribunal Superior podrá ordenar la absolución del procesado, liberándolo de responsabilidad penal.

Firma de Abogados Especialistas en Recurso de Apelación en Materia Penal 

En Roa & Sánchez Abogados, contamos con un equipo de especialistas en Derecho Penal con amplia experiencia en la interposición y sustanciación de recursos de apelación. Nos encargamos de garantizar la corrección de errores procesales y de fondo en las decisiones de primera instancia, asegurando la protección de los derechos fundamentales del procesado y la víctima, y la aplicación correcta de la normativa penal.

Nuestros servicios jurídicos incluyen:

  • Representación legal en recursos ordinarios de apelación y recursos extraordinarios de Casación y Revisión.
  • Derechos de las Víctimas: Protegemos y luchamos por los derechos de las víctimas en casos penales.
  • Libertad condicional, prisión domiciliaria y vencimiento de términos.

¿Consideras que la sentencia condenatoria en primera instancia tiene errores procesales? Contáctanos y revisaremos tu caso para proteger tus derechos.

Publicado: 7 abril, 2025

Agenda tu primera asesoría jurídica especializada

País
  • Afganistán (+93)
  • Albania (+355)
  • Alemania (+49)
  • Andorra (+376)
  • Angola (+244)
  • Anguila (+1)
  • Antigua y Barbuda (+1)
  • Arabia Saudita (+966)
  • Argelia (+213)
  • Argentina (+54)
  • Armenia (+374)
  • Australia (+61)
  • Austria (+43)
  • Azerbaiyán (+994)
  • Bahamas (+1)
  • Bangladesh (+880)
  • Baréin (+973)
  • Belarús (+375)
  • Belice (+501)
  • Benín (+229)
  • Bolivia (+591)
  • Bosnia y Herzegovina (+387)
  • Botsuana (+267)
  • Brasil (+55)
  • Brunéi (+673)
  • Bulgaria (+359)
  • Burkina Faso (+226)
  • Burundi (+257)
  • Bután (+975)
  • Bélgica (+32)
  • Cabo Verde (+238)
  • Camboya (+855)
  • Camerún (+237)
  • Canadá (+1)
  • Catar (+974)
  • Chad (+235)
  • Chile (+56)
  • China (+86)
  • Chipre (+357)
  • Colombia (+57)
  • Corea del Sur (+82)
  • Costa de Marfil (+225)
  • Costa Rica (+506)
  • Croacia (+385)
  • Cuba (+53)
  • Dinamarca (+45)
  • Dominica (+1)
  • Ecuador (+593)
  • Egipto (+20)
  • El Salvador (+503)
  • Emiratos Árabes Unidos (+971)
  • Eslovaquia (+421)
  • Eslovenia (+386)
  • España (+34)
  • Estados Federados de Micronesia (+691)
  • Estados Unidos (+1)
  • Estonia (+372)
  • Etiopía (+251)
  • Filipinas (+63)
  • Finlandia (+358)
  • Fiyi (+679)
  • Francia (+33)
  • Gabón (+241)
  • Gambia (+220)
  • Georgia (+995)
  • Ghana (+233)
  • Gibraltar (+350)
  • Grecia (+30)
  • Groenlandia (+299)
  • Guadalupe (+590)
  • Guatemala (+502)
  • Guernsey (+44)
  • Guyana (+592)
  • Guyana Francesa (+594)
  • Haití (+509)
  • Honduras (+504)
  • Hong Kong (+852)
  • Hungría (+36)
  • India (+91)
  • Indonesia (+62)
  • Irak (+964)
  • Irlanda (+353)
  • Isla de Man (+44)
  • Isla Norfolk (+672)
  • Islandia (+354)
  • Islas Cocos (Keeling) (+61)
  • Islas Cook (+682)
  • Islas Salomón (+677)
  • Islas Vírgenes Británicas (+1)
  • Islas Vírgenes de los Estados Unidos (+1)
  • Israel (+972)
  • Italia (+39)
  • Jamaica (+1)
  • Japón (+81)
  • Jersey (+44)
  • Jordania (+962)
  • Kazajistán (+7)
  • Kenia (+254)
  • Kirguistán (+996)
  • Kiribati (+686)
  • Kuwait (+965)
  • Laos (+856)
  • Lesoto (+266)
  • Letonia (+371)
  • Libia (+218)
  • Liechtenstein (+423)
  • Lituania (+370)
  • Luxemburgo (+352)
  • Líbano (+961)
  • Macedonia (+389)
  • Madagascar (+261)
  • Malasia (+60)
  • Malaui (+265)
  • Maldivas (+960)
  • Mali (+223)
  • Malta (+356)
  • Marruecos (+212)
  • Mauricio (+230)
  • Moldavia (+373)
  • Mongolia (+976)
  • Montenegro (+382)
  • Montserrat (+1)
  • Mozambique (+258)
  • Myanmar (+95)
  • México (+52)
  • Namibia (+264)
  • Nauru (+674)
  • Nepal (+977)
  • Nicaragua (+505)
  • Nigeria (+234)
  • Niue (+683)
  • Noruega (+47)
  • Nueva Zelanda (+64)
  • Níger (+227)
  • Omán (+968)
  • Pakistán (+92)
  • Palestina (+970)
  • Panamá (+507)
  • Papúa Nueva Guinea (+675)
  • Paraguay (+595)
  • Países Bajos (+31)
  • Perú (+51)
  • Polonia (+48)
  • Portugal (+351)
  • Puerto Rico (+1)
  • Reino Unido (+44)
  • República Centroafricana (+236)
  • República Checa (+420)
  • República del Congo (+242)
  • República Democrática del Congo (+243)
  • República Dominicana (+1)
  • Ruanda (+250)
  • Rumania (+40)
  • Rusia (+7)
  • Samoa (+685)
  • Samoa Americana (+1)
  • San Marino (+378)
  • San Vicente y las Granadinas (+1)
  • Santa Helena, Ascensión y Tristán de Cunha (+290)
  • Santa Lucía (+1)
  • Santo Tomé y Príncipe (+239)
  • Senegal (+221)
  • Serbia (+381)
  • Seychelles (+248)
  • Sierra Leona (+232)
  • Singapur (+65)
  • Somalia (+252)
  • Sri Lanka (+94)
  • Sudáfrica (+27)
  • Sudán (+249)
  • Suecia (+46)
  • Suiza (+41)
  • Surinam (+597)
  • Tailandia (+66)
  • Taiwán (+886)
  • Tanzania (+255)
  • Tayikistán (+992)
  • Territorio Británico del Océano Índico (+246)
  • Timor Oriental (+670)
  • Togo (+228)
  • Tokelau (+690)
  • Tonga (+676)
  • Trinidad y Tobago (+1)
  • Turkmenistán (+993)
  • Turquía (+90)
  • Túnez (+216)
  • Ucrania (+380)
  • Uganda (+256)
  • Uruguay (+598)
  • Uzbekistán (+998)
  • Vanuatu (+678)
  • Venezuela (+58)
  • Vietnam (+84)
  • Yibuti (+253)
  • Zambia (+260)
  • Zimbabue (+263)