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¿Qué cambios propone la reforma pensional?

¿Qué cambios propone la reforma pensional?

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La reforma pensional aprobada el viernes 14 de junio de 2024 por la plenaria de la Cámara de Representantes, que acogió el texto tal cual fue aprobado en el Senado, superó el trámite legislativo. El Congreso de la República fijó que las nuevas reglas en materia pensional entrarán a regir a partir del próximo 1 de julio de 2025. No obstante, si bien falta la sanción presidencial para convertirse en Ley de la República, esta reforma puede pasar por revisión de la Corte Constitucional si ciudadanos colombianos interponen acciones públicas de inconstitucionalidad en las que se expongan los puntos del proyecto de ley, que consideran que hubo vicios en el procedimiento y/o van en contravía con los lineamientos de la Constitución Política de Colombia. 

¿Por qué se hace una reforma pensional?

Actualmente, coexisten dos regímenes principales: el Régimen de Prima Media (RPM), administrado por Colpensiones, y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), administrado por fondos privados. Sin embargo, ambos sistemas han mostrado limitaciones significativas para cubrir a la población trabajadora y garantizar pensiones dignas.

El sistema enfrenta un déficit financiero creciente debido a la mayor expectativa de vida y una tasa de natalidad en descenso. Solo una minoría de la población en edad de jubilación recibe una pensión. Existe una marcada diferencia entre las pensiones de los trabajadores formales e informales. Además, tiende a beneficiar a los sectores de mayores ingresos, dejando a los trabajadores de bajos ingresos en una situación precaria.

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Cambios claves en el sistema pensional

El documento establece que habrá cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro voluntario complementario. Cada pilar está destinado a un grupo poblacional específico, pero todos los cotizantes deberán hacerlo a través de Colpensiones, sin excepciones.

  1. El Pilar solidario está destinado a personas en condiciones de extrema pobreza, pobreza y vulnerabilidad, según la focalización establecida por el Gobierno. El pilar solidario es para quienes no tienen pensión, como quedó en el articulado, se aplica para personas con puntaje Sisben hasta C3.El gobierno financiará el Pilar Solidario, asegurando que aquellos que no pueden cotizar lo suficiente aún tengan acceso a un ingreso básico en la vejez.
  2. El Pilar semicontributivo incluye a hombres de 65 años y mujeres de 60 años que no cumplan con los requisitos para una pensión contributiva. Está dirigido para las personas que lograron cotizar mínimo 300 semanas en el Régimen de Prima Media (régimen público) o para aquellos quienes alcanzaron 900 semanas en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, (régimen privado)
  3. El Pilar de ahorro voluntario se realizará mediante los mecanismos disponibles en el sistema financiero. Todos los colombianos que ganan hasta 2,3 salarios mínimos mensuales, deben hacer sus aportes de pensión a la estatal Colpensiones. Quien gane más de esa cifra, seleccionará un fondo privado para el ahorro voluntario individual de los excedentes del salario de  2,3 salarios mínimos mensuales. Es decir, entrarán a cotizar en un nuevo sistema mixto.
  4. El Pilar contributivo incluye un componente de prima media (régimen público) y un componente de ahorro individual (régimen privado) . Las cotizaciones hasta 2.3 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV) se destinarán al componente de prima media, administrado por Colpensiones y que financia el mecanismo de prestación definida. Las cotizaciones que superen los 2.3 smlmv y hasta 25 smlmv se destinarán al componente de ahorro individual, administrado por las administradoras de fondos de pensión como Porvenir, Skandia, Protección y Colfondos, incluyendo sus rendimientos financieros, y sumando los valores de ambos componentes.

¿Hay régimen de transición?

El régimen de transición permite que las personas se pensionen con las normas actuales, sin ser afectadas por la reforma. Las pensiones actuales no se verán afectadas negativamente. De hecho, se implementarán ajustes para asegurar que las pensiones mínimas sean adecuadas y se ajusten con la inflación. Para ello, las mujeres deben tener 750 semanas cotizadas y los hombres 900 semanas al momento de la entrada en vigencia de la norma.

Por otro lado, aquellos que no pueden cambiar de régimen pensional necesitan también 750 semanas cotizadas en el caso de las mujeres y 900 semanas en el de los hombres. Estos tendrán un plazo de dos años desde la promulgación de la Ley para cambiar de régimen pensional, previa doble asesoría por parte de los fondos de pensiones. 

Además, las mujeres podrán reducir el tiempo requerido para la jubilación en 50 semanas por cada hijo, hasta un máximo de tres hijos, lo que reduciría el requisito a 850 semanas.

La reforma estipula que los hombres con 900 semanas cotizadas y las mujeres con 750 semanas seguirán bajo la normativa actual. Esto significa que no estarán obligados a aportar parte de sus ingresos al fondo estatal si están en un fondo privado.

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¿Qué pasa si actualmente cotiza en un fondo privado?

Como se mencionó antes, si usted está en uno de los cuatro fondos privados de pensiones: Protección, Porvenir, Skandia o Colfondos, comenzará a cotizar en Colpensiones, que recibirá todos sus futuros ahorros. Sin embargo, hay un límite, si usted gana más de 2,3 salarios mínimos mensuales legales vigentes, seguirá cotizando esos recursos adicionales en una de estas administradoras de fondos de pensiones. 

Los ahorros que ya están en el sistema de pensiones no serán expropiados ni concentrados en Colpensiones. Esto significa que los $405 billones que los colombianos tienen ahorrados en los fondos privados de pensiones permanecerán allí hasta que se cumplan los requisitos para la pensión, mientras que las nuevas cotizaciones se irán dirigiendo a Colpensiones gradualmente.

¿Cuánto va a recibir de pensión cuando se jubile?

En el nuevo sistema de Colpensiones, el monto máximo de la pensión será aproximadamente $2,4 millones con el salario mínimo actual. Si tiene ahorros en una administradora de pensión de fondo privado, se realizará un cálculo actuarial para determinar un monto adicional que dependerá exclusivamente de la cantidad ahorrada.

¿Qué pasa si no cumple con los requisitos para pensionarse?

El Pilar Semicontributivo creado por la reforma pensional incluye a las personas afiliadas al sistema que, al cumplir 65 años los hombres y 60 años las mujeres, no hayan cumplido con los requisitos para una pensión contributiva a pesar de haber cotizado. Estas personas podrán acceder a un Beneficio Económico financiado con recursos del Presupuesto General de la Nación y sus propios aportes, mediante mecanismos que implementará el Gobierno Nacional.

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Publicado: 4 julio, 2024

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