Categorías: Industria Musical

¿Qué función cumplen los productores musicales? Modalidad, derechos y obligaciones

¿Qué función cumplen los productores musicales? Modalidad, derechos y obligaciones

productores musicales

Los productores musicales son profesionales de la industria musical que se encargan de la dirección artística y técnica de la producción de una obra musical. En ese sentido, le dan cohesión a la letra y composición de la obra, participando activamente en su creación o proponiendo cambios a los autores mediante una integración de conocimientos musicales relacionados al ritmo, armonía y lenguaje musical. Son expertos en todo lo relacionado con el manejo del sonido y plataformas como Ableton Live, Pro Tools, Cubase o Logic Pro. 

Protege tu talento y agenda una asesoría legal especializada en industria musical. ¡Contáctanos!

Modelos de trabajo de los productores musicales

En la industria musical los productores musicales tienen dos modelos de trabajo: independiente o en asociación con un sello musical. La elección de uno u otro modelo de trabajo depende enteramente de la decisión del productor musical en torno a la forma de remuneración de su trabajo.

Los productores musicales independientes son aquellos que trabajan directamente con el artista. Estos se encargan de gestionar toda la producción de una obra musical incluidos los gastos de grabación de voces e instrumentos, como de composición, arreglos, entre otros. Además, en ciertos casos los mismos productores musicales colaboran con la letra y la composición de la obra. En este modelo el productor musical tiene un porcentaje sobre el máster.

Un ejemplo de productores independientes es Finneas O’connell, el hermano de Billie Eilish: 

Este es un caso en el cual el productor musical realiza un papel transversal en la creación de una obra musical. En la medida en que ambos profesionales trabajaron conjuntamente en la producción del álbum When We All Fall Asleep, Where Do We Go? O’connell tiene un porcentaje como co-escritor, co-compositor y productor principal. En síntesis, O’connell es titular junto con Billie de los derechos de autor de las obras del álbum.

Los productores musicales que trabajan para un sello musical son empleados o socios del sello. Por esta razón, en este caso, los productores musicales no deben incurrir en los costos asociados a la producción de la obra musical y, en ese sentido, los derechos del máster corresponden al sello debido a su esfuerzo económico. Además, al existir un contrato entre las partes la remuneración corresponde a un salario fijo o participación mínima en el máster. 

Sin embargo, es importante recalcar que esta distinción en los derechos sobre el máster recibidos en cada uno de los modelos de trabajo responde a los recursos económicos aportados por el productor en la creación de la obra musical. Así, cuando los productores trabajan en forma independiente deben costear gran parte de la producción del máster, mientras que cuando trabajan con un sello, éste último es quien sufraga los gastos.

Te sugerimos leer: ¿Qué son los Split Sheets? Importancia y beneficios en la Industria Musical

Derechos de los productores musicales

Los productores musicales pueden ser titulares de diferentes derechos sobre la obra musical. Dentro de los derechos de los cuales pueden ser titulares encontramos los derechos de autor regulados en normas nacionales e internacionales como la Convención de Berna de 1886, el Convenio de Roma de 1961, el Tratado de la OMPI, entre otros y derechos conexos sobre el máster o producto final. Sin embargo, estos derechos sobre las obras dependen en gran medida del modelo de trabajo realizado.

Derechos de los productores musicales independientes 

Al ser los encargados de la producción musical junto con los costos asociados a grabaciones de instrumentos, voces y demás, los productores musicales independientes tienen derechos en el máster al ser productores y tienen derechos de autor como co-escritores y co-compositores. Estos son: 

  • Derechos de autor: Como escritor y compositor de la obra musical en proyectos musicales en los cuales el productor participa activamente en introducir cambios en la letra y composición.
  • Derechos conexos o fonográficos: Sobre el máster u obra musical lista para su comercialización producto de su inversión en todo su desarrollo.

Quizás te pueda interesar: ¿Qué son los derechos de autor y cómo funcionan? 

Derechos de los productores musicales en un sello musical

Como empleados o socios del sello musical los productores musicales no deben incurrir en los costos asociados a la producción de la obra musical y, en ese sentido, sus derechos son más limitados. No obstante, en el contrato suscrito entre el productor musical y el sello musical pueden convenir a modo de remuneración una participación en los derechos del máster, tales como:

  • Derechos de autor: Asociados a cambios en la letra y composición siempre y cuando su contrato con el sello musical no le impida adquirirlos. 
  • Derechos conexos o fonográficos: En los casos en los cuales la remuneración pactada con el sello musical es un porcentaje de los derechos sobre el máster.
  • Derecho a una remuneración: Cuando la remuneración no se traduce en derechos sobre el máster, los productores musicales reciben un salario convencional.

Quizás te pueda interesar: ¿Cómo crear una disquera o sello musical en Colombia?

Obligaciones de los productores musicales 

Las obligaciones son todas aquellas acciones que un productor musical debe  realizar en el ejercicio de su profesión. Estas son en su mayoría transversales a los productores musicales independientes y los que trabajan conjuntamente con un sello musical, pues existen obligaciones específicas derivadas de contratos con sellos musicales. 

De acuerdo con el artículo 1494 del Código Civil colombiano las obligaciones nacen “del concurso real de voluntades de dos o más personas (…)”. En esa medida, existen obligaciones concretas que se deben cumplir al ingresar a un proyecto musical. Estas obligaciones son de tipo profesional, legal y contractual.

Obligaciones profesionales

  • Realizar la obra musical: Esta obligación es la más relevante que realiza un productor musical pues incluye el supervisar la grabación de la obra musical y garantizar la calidad en un máster. 
  • Cumplir con plazos de producción: En la mayoría de contratos se establecen plazos de ejecución que deben ser cumplidos por las partes, incluidos los productores musicales, al realizar una obra musical de manera independiente o para un sello musical. 
  • Confidencialidad: Es una obligación que prohíbe al productor musical divulgar información sobre la obra musical y afectar su posterior explotación comercial.
  • Conservar la identidad artística: El rol del productor musical en una obra musical debe responder a la identidad del artista como su música, styling y la forma en que conecta con su audiencia.

Obligaciones legales 

  • Cumplir los contratos: Tanto trabajando como sellos o independientemente con artistas, los productores musicales deben cumplir con la calidad del máster y con las fechas para las entregas estipuladas en los contratos. 
  • No incurrir en conflictos de interés: Teniendo de presente que los productores musicales tienen acceso a la letra y composición de las obras, estos tienen prohibido beneficiarse personalmente de las creaciones de terceros, es decir, utilizar grabaciones sin autorización. 
  • Tramitar los permisos legales: El productor musical tiene la obligación de obtener la licencia musical; es decir, el permiso legal y documentado de los derechos de autor de una obra musical que se requiera utilizar en otro proyecto musical. Esto con el fin de no incurrir en sanciones por la infracción a la vulneración de derechos de autor de terceros.

Obligaciones contractuales 

  • Entregar el máster: Cuando los productores musicales trabajan para un sello musical, una de las obligaciones del contrato es la entrega final del máster al sello. 
  • Respetar el presupuesto: En el trabajo entre el productor y el sello musical se deben respetar los topes presupuestales, que el sello establece para determinada obra o proyecto musical.
  • Remunerar a los colaboradores: El productor musical, al estar a cargo de toda la dirección de la obra musical, es el encargado de pagar a los colaboradores como ingenieros de sonido y demás colaboradores de la producción.

¿Eres un productor musical que está a punto de iniciar un proyecto musical?  

En Roa & Sánchez Abogados, comprendemos la complejidad e importancia de los proyectos musicales para un productor musical. Por esta razón, contamos con un equipo  de abogados especialistas en derechos de autor y conexos dispuesto a brindarte la asesoría especializada que necesites. 

Agenda una asesoría jurídica especializada y obtén el acompañamiento legal necesario para tu proyecto musical.

 

Publicado: 29 enero, 2025

Agenda tu primera asesoría jurídica especializada

País
  • Afganistán (+93)
  • Albania (+355)
  • Alemania (+49)
  • Andorra (+376)
  • Angola (+244)
  • Anguila (+1)
  • Antigua y Barbuda (+1)
  • Arabia Saudita (+966)
  • Argelia (+213)
  • Argentina (+54)
  • Armenia (+374)
  • Australia (+61)
  • Austria (+43)
  • Azerbaiyán (+994)
  • Bahamas (+1)
  • Bangladesh (+880)
  • Baréin (+973)
  • Belarús (+375)
  • Belice (+501)
  • Benín (+229)
  • Bolivia (+591)
  • Bosnia y Herzegovina (+387)
  • Botsuana (+267)
  • Brasil (+55)
  • Brunéi (+673)
  • Bulgaria (+359)
  • Burkina Faso (+226)
  • Burundi (+257)
  • Bután (+975)
  • Bélgica (+32)
  • Cabo Verde (+238)
  • Camboya (+855)
  • Camerún (+237)
  • Canadá (+1)
  • Catar (+974)
  • Chad (+235)
  • Chile (+56)
  • China (+86)
  • Chipre (+357)
  • Colombia (+57)
  • Corea del Sur (+82)
  • Costa de Marfil (+225)
  • Costa Rica (+506)
  • Croacia (+385)
  • Cuba (+53)
  • Dinamarca (+45)
  • Dominica (+1)
  • Ecuador (+593)
  • Egipto (+20)
  • El Salvador (+503)
  • Emiratos Árabes Unidos (+971)
  • Eslovaquia (+421)
  • Eslovenia (+386)
  • España (+34)
  • Estados Federados de Micronesia (+691)
  • Estados Unidos (+1)
  • Estonia (+372)
  • Etiopía (+251)
  • Filipinas (+63)
  • Finlandia (+358)
  • Fiyi (+679)
  • Francia (+33)
  • Gabón (+241)
  • Gambia (+220)
  • Georgia (+995)
  • Ghana (+233)
  • Gibraltar (+350)
  • Grecia (+30)
  • Groenlandia (+299)
  • Guadalupe (+590)
  • Guatemala (+502)
  • Guernsey (+44)
  • Guyana (+592)
  • Guyana Francesa (+594)
  • Haití (+509)
  • Honduras (+504)
  • Hong Kong (+852)
  • Hungría (+36)
  • India (+91)
  • Indonesia (+62)
  • Irak (+964)
  • Irlanda (+353)
  • Isla de Man (+44)
  • Isla Norfolk (+672)
  • Islandia (+354)
  • Islas Cocos (Keeling) (+61)
  • Islas Cook (+682)
  • Islas Salomón (+677)
  • Islas Vírgenes Británicas (+1)
  • Islas Vírgenes de los Estados Unidos (+1)
  • Israel (+972)
  • Italia (+39)
  • Jamaica (+1)
  • Japón (+81)
  • Jersey (+44)
  • Jordania (+962)
  • Kazajistán (+7)
  • Kenia (+254)
  • Kirguistán (+996)
  • Kiribati (+686)
  • Kuwait (+965)
  • Laos (+856)
  • Lesoto (+266)
  • Letonia (+371)
  • Libia (+218)
  • Liechtenstein (+423)
  • Lituania (+370)
  • Luxemburgo (+352)
  • Líbano (+961)
  • Macedonia (+389)
  • Madagascar (+261)
  • Malasia (+60)
  • Malaui (+265)
  • Maldivas (+960)
  • Mali (+223)
  • Malta (+356)
  • Marruecos (+212)
  • Mauricio (+230)
  • Moldavia (+373)
  • Mongolia (+976)
  • Montenegro (+382)
  • Montserrat (+1)
  • Mozambique (+258)
  • Myanmar (+95)
  • México (+52)
  • Namibia (+264)
  • Nauru (+674)
  • Nepal (+977)
  • Nicaragua (+505)
  • Nigeria (+234)
  • Niue (+683)
  • Noruega (+47)
  • Nueva Zelanda (+64)
  • Níger (+227)
  • Omán (+968)
  • Pakistán (+92)
  • Palestina (+970)
  • Panamá (+507)
  • Papúa Nueva Guinea (+675)
  • Paraguay (+595)
  • Países Bajos (+31)
  • Perú (+51)
  • Polonia (+48)
  • Portugal (+351)
  • Puerto Rico (+1)
  • Reino Unido (+44)
  • República Centroafricana (+236)
  • República Checa (+420)
  • República del Congo (+242)
  • República Democrática del Congo (+243)
  • República Dominicana (+1)
  • Ruanda (+250)
  • Rumania (+40)
  • Rusia (+7)
  • Samoa (+685)
  • Samoa Americana (+1)
  • San Marino (+378)
  • San Vicente y las Granadinas (+1)
  • Santa Helena, Ascensión y Tristán de Cunha (+290)
  • Santa Lucía (+1)
  • Santo Tomé y Príncipe (+239)
  • Senegal (+221)
  • Serbia (+381)
  • Seychelles (+248)
  • Sierra Leona (+232)
  • Singapur (+65)
  • Somalia (+252)
  • Sri Lanka (+94)
  • Sudáfrica (+27)
  • Sudán (+249)
  • Suecia (+46)
  • Suiza (+41)
  • Surinam (+597)
  • Tailandia (+66)
  • Taiwán (+886)
  • Tanzania (+255)
  • Tayikistán (+992)
  • Territorio Británico del Océano Índico (+246)
  • Timor Oriental (+670)
  • Togo (+228)
  • Tokelau (+690)
  • Tonga (+676)
  • Trinidad y Tobago (+1)
  • Turkmenistán (+993)
  • Turquía (+90)
  • Túnez (+216)
  • Ucrania (+380)
  • Uganda (+256)
  • Uruguay (+598)
  • Uzbekistán (+998)
  • Vanuatu (+678)
  • Venezuela (+58)
  • Vietnam (+84)
  • Yibuti (+253)
  • Zambia (+260)
  • Zimbabue (+263)